Términos Generales de Negocios

Condiciones Generales de Negocio de SEASOLAR GMBH

Este documento solo es válido y vinculante en su versión original en inglés

A partir del: 1 de Junio 2018

Art. 1 ALCANCE
1. Los siguientes Términos Generales de Negocio rigen las relaciones contractuales entre SEASOLAR GmbH (en adelante SEASOLAR) y contratistas o personas, es decir, personas físicas o jurídicas, o sociedades constituidas con las que se establece una relación comercial y que actúa en cumplimiento de un acuerdo comercial. , actividad profesional privada o independiente (en adelante CLIENTE). Los términos y condiciones alternativos del lado del CLIENTE no son aplicables. Las excepciones son posibles si SEASOLAR ha otorgado su consentimiento previo por escrito. Al finalizar el contrato, el CLIENTE acepta automáticamente estos términos y condiciones.

Art. 2. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
1. Las ofertas por parte de SEASOLAR no son vinculantes. Los contratos entran en vigencia solo cuando SEASOLAR ha emitido una confirmación de pedido o ha efectuado la entrega. Las enmiendas, cambios y acuerdos verbales también requieren una confirmación por escrito para tener efectos legales. El CLIENTE no puede cancelar un pedido que ya ha sido confirmado por SEASOLAR.
2. El alcance de la deuda contractual se basa únicamente en la confirmación del pedido por parte de SEASOLAR. Las especificaciones relativas a las cualidades y características de rendimiento de los productos son a título ilustrativo y no vinculantes, a menos que se haya llegado explícitamente a un acuerdo diferente por escrito. Del mismo modo, declaraciones públicas, anuncios u otras formas de publicidad no constituyen una descripción contractualmente vinculante de la calidad de los productos. Se reserva el derecho a desviaciones menores de las especificaciones en cuanto a dimensiones, peso, composición y calidad.
3. SEASOLAR además se reserva el derecho de modificaciones incluso después del envío de una confirmación de pedido, en la medida en que estos cambios no contradigan ni la confirmación del pedido ni las especificaciones del CLIENTE. El CLIENTE aceptará sugerencias adicionales para modificaciones o desviaciones por parte de SEASOLAR en la medida en que sean razonables para el CLIENTE.

Art. 3. PRECIOS Y TÉRMINOS DE PAGO
1. A menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, nuestros precios se aplicarán «ex fábrica» y excluyen los costos de embalaje y transporte, que se facturan por separado. Nuestros precios no incluyen el impuesto a las ventas y los derechos de aduana, que se facturan por separado en la cantidad aplicable el día en que se emite la factura.
2. EL CLIENTE está obligado a pagar el 100% del precio acordado antes o en el momento de la entrega o para garantizar el pago mediante un bono que esté en línea con la práctica bancaria habitual a menos que se hayan hecho otros acuerdos por escrito. El pago del saldo vence dentro de los 8 (ocho) días posteriores a la emisión de la factura sin deducción. Si el CLIENTE incumple con respecto al pago, SEASOLAR tendrá derecho a reclamar una multa del 1% (uno por ciento) por cada día natural de demora, calculado sobre el monto adeudado más los intereses de incumplimiento del monto legal. Si SEASOLAR puede probar daños adicionales causados por retrasos en los pagos del CLIENTE que exceden el monto anterior, SEASOLAR tendrá derecho a reclamar estos daños adicionales al CLIENTE.
3. Con respecto a los contratos con un plazo de entrega acordado de más de dos meses, SEASOLAR se reserva el derecho de aumentar los precios de acuerdo con aumentos de costos basados en acuerdos laborales o aumentos en los costos de materiales. Sin embargo, dicho aumento de precio no debe superar un máximo del 5% del precio acordado.
4. Si se ha acordado un pago en cuotas, el resto completo será pagadero inmediatamente, sin consideración del vencimiento de los posibles borradores, si el CLIENTE no cumple con el pago de una cuota parcial o totalmente.
5. Todos los pedidos son aceptados con la condición de que el CLIENTE pueda pagar el precio total de la compra. Si no se cumple esta condición, que se asume cuando se revela información desfavorable sobre las circunstancias financieras del CLIENTE o los pagos no se realizan en la fecha programada, SEASOLAR puede exigir el pago inmediato antes de la entrega de los bienes independientemente de la fecha de pago acordada. Si se sabe que la situación financiera del CLIENTE se ha deteriorado significativamente desde la conclusión del contrato o si el CLIENTE está atrasado con el pago, SEASOLAR puede retirarse del contrato y exigir el pago inmediato de todas las deudas pendientes, incluidas las pendientes de vencer.
6. Si SEASOLAR ejerce su derecho a rescindir el contrato y puede reclamar una indemnización por parte del CLIENTE, entonces SEASOLAR puede exigir una compensación por los gastos incurridos para la orden dada, en particular los costos laborales.
7. Si el CLIENTE incumple con respecto al pago, los costos de los procedimientos de arbitraje, los gastos de cobro y los cargos de protesta correrán a cargo del CLIENTE.

Art. 4. ENTREGA
1. Las fechas y los plazos de entrega se acuerdan entre el CLIENTE y SEASOLAR por escrito y para cada contrato individualmente. Los períodos de entrega comienzan al finalizar el contrato. Si las modificaciones al contrato se acuerdan posteriormente por escrito, una nueva fecha o período de entrega se acordará al mismo tiempo si es necesario.
2. Para poder cumplir con los plazos de entrega acordados, es necesario que SEASOLAR reciba todos los documentos, permisos y autorizaciones, planos y demás material necesario para ser suministrado por el CLIENTE.
3. El CLIENTE podrá exigir una indemnización por daños y perjuicios derivados de un retraso en la entrega solo en caso de dolo o negligencia grave por parte de SEASOLAR.
4. El CLIENTE debe aceptar las entregas que presenten defectos sin importancia.
5. Las entregas parciales son permisibles.

Art. 5. TRANSFERENCIA DE RIESGO
1. El riesgo se transferirá al CLIENTE tan pronto como el envío salga de SEASOLAR y / o, en el caso de envío directo, a la fábrica del proveedor de SEASOLAR y / o esté listo para ser recogido por el CLIENTE. Esto también se aplicará en los casos en que SEASOLAR pague los costos de flete. A pedido y gasto del CLIENTE, las entregas estarán aseguradas contra los riesgos de transporte habituales.
2. El CLIENTE está obligado a aceptar los bienes proporcionados por SEASOLAR dentro de los cinco días naturales siguientes a la provisión a más tardar: si SEASOLAR no recibe una reclamación dentro del plazo antes mencionado, la mercancía se considerará aceptada.

Art. 6. RESERVA DE TÍTULO
1. Todos los productos entregados seguirán siendo propiedad de SEASOLAR hasta que el precio de compra sea pagado en su totalidad. SEASOLAR puede exigir la devolución de los bienes entregados que están sujetos a la retención del título si el CLIENTE viola los términos del contrato, especialmente si el CLIENTE está atrasado en el pago. Si SEASOLAR recupera un artículo comprado, esto representa un retiro del contrato. SEASOLAR tiene derecho a vender cualquier artículo comprado que SEASOLAR recupere y acreditar el producto de dicha venta a las responsabilidades del CLIENTE menos los costos de venta razonables.
2. El CLIENTE deberá manejar el artículo comprado con cuidado hasta la transferencia de la propiedad. En particular, el CLIENTE está obligado a proporcionar un seguro de valor de reemplazo suficiente contra daños por incendio, daños por agua y robo.
3. En caso de incautación u otras intervenciones de terceros, el CLIENTE debe notificar inmediatamente a SEASOLAR por escrito mediante correo certificado para que SEASOLAR pueda emprender acciones legales. Si el tercero no puede compensar a SEASOLAR por los costos judiciales y extrajudiciales de las acciones legales, el CLIENTE será responsable de las pérdidas en las que SEASOLAR incurra.
4. EL CLIENTE tiene derecho a revender el artículo comprado en el curso ordinario de los negocios; El CLIENTE asignará a SEASOLAR aquí y ahora todos los reclamos por el monto del total de la factura final (incluido el impuesto a las ventas) del reclamo de SEASOLAR que corresponda al CLIENTE desde la reventa al comprador o terceros, independientemente de si el artículo comprado fue revendido o no. con o sin procesamiento adicional. El CLIENTE permanece autorizado para cobrar el reclamo incluso después de haber sido asignado a SEASOLAR. SEASOLAR se reserva el derecho de cobrar el reclamo por sí mismo. Sin embargo, SEASOLAR se abstendrá de cobrar el reclamo siempre y cuando el CLIENTE cumpla con sus obligaciones de pago por los ingresos obtenidos, no esté en retraso en el pago y no solicite la composición o procedimientos de insolvencia o la suspensión del pago. Si este fuera el caso, SEASOLAR tiene derecho a exigir que el CLIENTE informe a SEASOLAR de los reclamos asignados y sus deudores, proporcione toda la información necesaria para el cobro de dichos reclamos, libere todos los documentos relacionados y notifique a los deudores (terceros) de la cesión.
5. El procesamiento o transformación del artículo comprado por el CLIENTE siempre se hará en nombre de SEASOLAR. Si el artículo comprado se procesa con objetos que no pertenecen a SEASOLAR, SEASOLAR adquirirá la copropiedad del nuevo producto en proporción del valor del artículo comprado (cantidad facturada más impuesto a las ventas) a los objetos procesados en el momento del procesamiento. . Para el artículo producido como resultado de dicho procesamiento, lo mismo se aplica al artículo comprado entregado que está sujeto a la retención del título.
6. Si el artículo comprado se combina de forma inseparable con otros objetos que no pertenecen a SEASOLAR, SEASOLAR adquirirá la copropiedad del nuevo producto en proporción del valor del artículo comprado (monto facturado más impuesto a las ventas) a los objetos combinados en el momento en que los artículos fueron combinados Si la combinación de objetos se hace de tal manera que el artículo del CLIENTE se considera como el elemento principal, se acordará que el CLIENTE asignará copropiedad proporcional a SEASOLAR. Por lo tanto, el CLIENTE se reserva la propiedad exclusiva o la copropiedad de SEASOLAR.

Art. 7. DERECHO CONTRACTUAL DE LIEN
1. Sobre la base de sus cuentas por cobrar de la relación contractual con el CLIENTE, SEASOLAR tiene un derecho contractual de gravamen a los objetos que entran en su posesión como resultado de la relación contractual. El derecho contractual de gravamen también puede ser ejercido con respecto a las cuentas por cobrar de obras, entregas de reemplazo y otros servicios prestados en un momento anterior, en la medida en que estén relacionados con el objeto del contrato. Con respecto a otros reclamos al CLIENTE, el derecho contractual de gravamen solo será válido en la medida en que dichos reclamos sean indiscutibles o hayan sido determinados por un tribunal.

Art. 8. GARANTÍA
1. El CLIENTE está obligado a inspeccionar la mercancía inmediatamente después de recibirla y, si se encuentran defectos, notificar a SEASOLAR por escrito con correo certificado dentro de los cinco días naturales posteriores a la provisión.
2. En caso de que el CLIENTE no presente dicha reclamación, la mercancía se considerará aceptada.
3. Las reclamaciones de garantía están limitadas a la reparación o la entrega de reemplazo a discreción de SEASOLAR.
4. Se excluyen otras reclamaciones por parte del CLIENTE, en particular debido a daños secundarios resultantes de defectos, a menos que resulten de la ausencia de características garantizadas.
5. SEASOLAR no otorga ninguna garantía sobre los productos que vende porque SEASOLAR no fabrica los productos antes mencionados. Por lo tanto, SEASOLAR no asume obligaciones derivadas de las garantías del fabricante para esos productos. Los proveedores y / o fabricantes de productos vendidos por SEASOLAR no tendrán derecho a hacer declaraciones de garantía que afecten a SEASOLAR. Los reclamos del CLIENTE por las garantías del proveedor y / o fabricante deben, por lo tanto, hacerse directamente a los proveedores y / o fabricantes de los mismos bienes. Cualquier otro compromiso de garantía que SEASOLAR realice por escrito no se verá afectado.

Art. 9. OTRA RESPONSABILIDAD
1. Las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del CLIENTE, independientemente de los motivos legales, están excluidas. Esto no se aplica en los casos en que la responsabilidad legal es obligatoria. Los daños por la violación de las obligaciones contractuales esenciales se limitan a los daños previsibles típicos de este tipo de contrato, a menos que sea el resultado de una negligencia intencionada o grave.
2. Si el CLIENTE vende los bienes entregados en condiciones alteradas o después de conectarlos con otros bienes, el CLIENTE deberá indemnizar a SEASOLAR de los reclamos de responsabilidad por productos defectuosos de terceros en su relación interna en la medida en que el CLIENTE sea responsable del defecto que desencadena la responsabilidad.
3. Los cambios en los productos, así como cualquier etiquetado como la marca del CLIENTE y / o la marca de origen de un tercero no son permisibles.

Art. 10. DESCARGO DE RESPONSABILIDAD
Las exclusiones y límites de responsabilidad estipulados en estos Términos Generales de Negocio no se aplican a:
1. Daños que surjan de una violación de la vida, el cuerpo o la salud en base a una violación negligente del deber por parte de SEASOLAR o una violación intencional o negligente del deber por parte de un representante legal de SEASOLAR;
2. Otros daños que surjan de una violación gravemente negligente del deber por parte de SEASOLAR o una violación intencional o por negligencia grave del deber por parte de un representante legal de SEASOLAR.

Art. 11. INFORMACIÓN SEGÚN BDSG 2018 (Ley Federal de Protección de Datos)
1. Se informa al CLIENTE del hecho de que SEASOLAR guarda los datos personales del CLIENTE de forma electrónica a efectos de la administración contractual, la facturación y la evaluación estadística. Esto se refiere a datos tales como nombre, dirección, datos bancarios, así como datos de la ejecución del contrato. Para obtener más información sobre nuestra Política de privacidad, consulte https://seasolargroup.com/contact/privacy-policy.

Art. 12. CLAUSULA DE DIVISIBILIDAD, LUGAR DE EJECUCIÓN, JURISDICCIÓN, FORMA ESCRITA
1. Si cualquier corte o autoridad competente determina que alguna de las disposiciones de estos Términos comerciales generales (o parte de cualquier disposición) es inválida o inaplicable, esa disposición o disposición parcial se considerará, en la medida necesaria, eliminado y la validez y aplicabilidad de las demás disposiciones de estos Términos Generales de Negocio no se verán afectadas.
2. Si alguna disposición inválida, inaplicable o ilegal de estos Términos Generales de Negocios fuera válida, ejecutable y legal si alguna parte de ella fuera eliminada, la disposición se aplicará con la modificación mínima necesaria para que sea legal, válida y ejecutable.
3. Estos Términos Generales de Negocio y cualquier disputa o reclamo que surja de o en conexión con este o con su contenido o formación (incluyendo disputas o reclamos no contractuales) se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de Inglaterra y Gales.
4. Con respecto a cualquier disputa o diferencia, controversia o reclamo de cualquier naturaleza que surja bajo, de o en conexión con estos Términos Generales de Negocio, incluyendo uno relacionado con la violación, existencia, interpretación o validez de estos Términos Generales de Negocio ( en adelante DISPUTE) SEASOLAR y el CLIENTE se esforzarán de buena fe para resolver dicha disputa de manera rápida y amistosa mediante negociaciones.
5. Si SEASOLAR y el CLIENTE no resolvieron la disputa de forma amistosa mediante negociaciones dentro de los 30 días de la notificación de la disputa por una de las partes a la otra, cualquiera de las partes podrá elegir, mediante notificación por escrito a la otra parte (en adelante, la SOLICITUD), a resolver y resolver finalmente dicha Disputa mediante arbitraje de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Corte Internacional de Arbitraje (CCI) de Berlín, cuyas Reglas se consideran incorporadas como referencia en esta cláusula. El lugar del arbitraje será Berlín, Alemania y el idioma del arbitraje será inglés. Habrá un árbitro cuya decisión con respecto a la disputa será final y vinculante para las partes.
6. Ninguna variación de estos Términos Generales de Negocio o de ninguno de los documentos a los que hace referencia tendrá vigencia a menos que sea por escrito y esté firmado por SEASOLAR.

Art. 13. AVISO
1. Sujeto a la cláusula 13.3, cualquier notificación u otra comunicación que se requiera bajo estas Condiciones Generales de Negocio se hará por escrito y se enviará por correo electrónico a cada parte requerida para recibir la notificación o comunicación.
2. Cualquier notificación u otra comunicación se considerará debidamente recibida, si se envió por correo electrónico, en el momento de la transmisión.
3. Se enviará una notificación por correo certificado con acuse de recibo en virtud del Art. 12.5 de estos Términos y condiciones generales de negocios (en relación con el incumplimiento o la terminación del mismo) y se considerará que se recibió debidamente en la fecha y hora de aceptación por correo postal. Solo para el CLIENTE italiano, el PEC (Posta Elettronica Certificata) puede enviar un aviso que se enviará de conformidad con el Art. 12.5 de estas Condiciones comerciales generales (en relación con el incumplimiento o la terminación del mismo) y se considerará que se recibió debidamente en el tiempo de transmisión.
4. Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán al servicio de ningún procedimiento u otro documento en ninguna acción legal.

Art. 14 IDIOMA
1. Estos Términos Generales de Negocios están redactados en inglés. Si estos Términos Generales de Negocio se traducen a otro idioma, el texto en idioma inglés prevalecerá en cualquier caso.
2. Cualquier aviso dado en o en conexión con estos Términos Generales de Negocios deberá estar en idioma inglés. Todos los demás documentos proporcionados en virtud de estos Términos Generales de Negocio o en relación con ellos se redactarán en inglés o acompañados de una traducción certificada al inglés. Si dicho documento se traduce a cualquier otro idioma, el texto en idioma inglés prevalecerá a menos que el documento sea un documento constitucional, legal u otro documento oficial.

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